No toda separación pasa por un juzgado de lo familiar tramitando un divorcio formal — muchas parejas viven en unión libre, y también ahí hay derechos y dudas reales. Reunimos aquí las preguntas que más se repiten, tengas papeles de matrimonio o no.
¿Quién se queda con los hijos?
Respuesta directa: depende del interés superior del menor, no del género del padre o la madre; hay custodia compartida, exclusiva o mixta según el caso.
En México existen tres figuras: custodia compartida (ambos padres comparten derechos y obligaciones sobre los hijos, coordinados mediante un convenio ante juez), custodia exclusiva (se otorga a uno de los padres, mientras el otro conserva derecho de visitas) y, en algunos casos, arreglos mixtos según la edad y circunstancia de cada hijo.
El Código Civil Federal establece que, salvo peligro grave para su desarrollo, los menores de siete años permanecen al cuidado de la madre — una regla que en la práctica varía según el código civil de cada estado. A partir de los 12 años, el juez tiene la obligación legal de escuchar la opinión del menor sobre con quién prefiere vivir, aunque no existe una edad en la que el menor decida de forma unilateral y vinculante. El padre o madre que no obtiene la custodia conserva el derecho de visitas y convivencia, y mantiene la obligación de contribuir económicamente mediante la pensión alimenticia.
¿Cómo se calcula la pensión alimenticia?
Respuesta directa: no hay un porcentaje fijo en la ley federal; los jueces suelen usar un rango de referencia de 15% a 30% del ingreso, ajustado al caso.
No hay un porcentaje único fijo en la ley federal: los jueces suelen basarse en un rango de referencia (comúnmente entre 15% y 30% del ingreso del deudor cuando hay un hijo, ajustable según el número de hijos y las necesidades acreditadas), pero el monto final depende de las circunstancias del caso y del criterio del juez. Cuando el deudor tiene empleo formal, el descuento se hace directamente vía nómina; si no lo tiene, el juez fija una cantidad periódica que debe cumplir por otros medios.
¿Y si nunca nos casamos —vivíamos en unión libre— tengo derechos?
Respuesta directa: sí. El concubinato genera derechos reales de pensión, reconocimiento de aportaciones a bienes, y en algunos estados, herencia —aunque las reglas cambian según tu estado.
El concubinato (unión de hecho, pública, estable y continua, generalmente con un mínimo de dos años de convivencia, o menos si hay hijos en común) genera derechos aunque no haya matrimonio de por medio: derecho a pensión alimenticia si uno de los concubinos no tiene ingresos, reconocimiento de aportaciones a bienes adquiridos durante la relación si se pueden acreditar, y en algunos estados, incluso derechos hereditarios.
Aquí conviene ser específicos: las reglas no son las mismas en todo el país. En estados como Ciudad de México o Puebla, cada quien conserva lo que adquirió a su nombre; en otros, como Tlaxcala o Querétaro, los bienes generados durante la convivencia pueden dividirse de forma similar a una sociedad conyugal. Si estuviste en unión libre y te estás separando, lo primero que hay que revisar es qué dice específicamente el código civil de tu estado.
¿Qué es lo que más conviene resolver primero, en cualquiera de los dos casos?
Respuesta directa: con quién viven los hijos, cuánto y cómo se paga la pensión, y qué se hizo (o no) durante la relación que ahora hay que reconocer o repartir —en ese orden.
Ya sea un divorcio formal o una separación de hecho, esos son siempre los tres puntos que más generan conflicto, y los que más vale la pena resolver con claridad desde el principio.
Fuentes
- conceptosjuridicos.com — “Custodia compartida en México”
- bufetedeabogadosej.com.mx — “¿En un divorcio quién se queda con los hijos?”
- Justia México — “Preguntas y Respuestas Sobre Pensión Alimenticia”
- Proceso — “Concubinato en México: requisitos legales y derechos después de la separación”
- Miranda Abogado — “Unión libre en México: los derechos que SÍ tienes (y los que no)”
